17 jul 2017

El Tribunal Superior de Justicia permite la continuidad del Decreto de viviendas de uso turístico de Galicia

 El máximo órgano del poder judicial de la Comunidad Autónoma reconoce que este decreto ofrece un marco de seguridad jurídica tanto para usuarios como para propietarios de este tipo de alquiler

Desestima así en su totalidad la medida cautelar de suspensión de la normativa, solicitada meses atrás por una asociación de viviendas turísticas
 

 El máximo órgano del poder judicial de la Comunidad Autónoma permite la continuidad del Decreto de viviendas de uso turístico de Galicia, que entró en vigor el pasado 10 de mayo para ofrecer un marco de seguridad jurídica tanto a los particulares como a los inquilinos de este tipo de alquiler.

 

De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) viene de desestimar en su totalidad la solicitud de suspensión de este decreto hecha meses atrás por una asociación de viviendas turísticas, señalando que falta acreditación de los perjuicios que con la suspensión se tratan de evitar.

 

En el auto, el TSXG considera que el decreto gallego de viviendas de uso turístico no limita ni restringe la competencia, sino que pone en orden la oferta en un ámbito relevante, incrementando la seguridad de que todos los postores se acomoden a unas mismas exigencias y la garantía para los consumidores.

 

Mayor seguridad jurídica

Desde la entrada en vigor del Decreto de viviendas de uso turístico, las solicitudes presentadas avanzan a buen ritmo, ya que en los primeros dos meses desde su entrada en vigor se presentaron más de 3600 solicitudes en toda Galicia. Este buen ritmo de solicitudes general demuestra que el decreto no está disminuyendo la oferta de este tipo de alojamientos, sino que la está incrementando debido a la mayor seguridad jurídica para poder ejercer la competencia.

 

El decreto gallego de viviendas de uso turístico se redactó con transparencia y mano a mano con el sector, recogiendo sus inquietudes, con la intención de elaborar un documento consensuado, flexible y de muy sencilla aplicación, siendo uno de los decretos menos restrictivos en comparación con otras comunidades autónomas.

 
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