16 ago 2017

El número de solicitudes presentadas en el registro de viviendas de uso turístico supera ya las 4.200 en toda la comunidad gallega

El decreto que regula este tipo de alojamientos, en vigor desde el pasado mes de mayo, está suponiendo una oportunidad al ofrecer más seguridad jurídica
 

Tantos los particulares como el propio sector se benefician de una ordenación que no fue suspendida por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia 

 El número de viviendas de uso turístico cuyos propietarios presentaron ya su solicitud para operar en Galicia avanza a buen ritmo. Desde que el nuevo decreto que regula este tipo de alojamientos había entrado en vigor, en el mes de mayo, la cifra no dejó de crecer y a día de hoy se contabilizan más de 4.200 peticiones.

Este buen dato evidencia que el nuevo decreto está fortaleciendo e incrementar la oferta gracias al marco de seguridad jurídica que ofrece, tanto para los particulares cómo para el sector turístico de la Comunidad en general, para poder ejercer la competencia en ese contexto.

Por provincias, Pontevedra es el territorio donde más solicitudes fueron presentadas hasta la fecha, cuando supera las 2.250. En A Coruña, por su parte, la cifra de peticiones formuladas en este registro desbroce las 1.360. Le siguen Lugo con cerca de 540 y Ourense, con alrededor de 80.

Flexible y de sencilla aplicación

El decreto de viviendas de uso turístico supone una respuesta a la realidad actual y también una oportunidad para quien, bien como propietario o como inquilino, apuesta por este tipo de alquiler turístico. En este sentido, la Xunta optó por un modelo flexible y de muy sencilla aplicación a la hora de poder regular estas viviendas. En comparación con otras comunidades autónomas es, de hecho, uno de los decretos menos restrictivos. Su redacción se realizó de la mano del sector, recogiendo sus inquietudes, para así elaborar un decreto consensuado.

Su continuidad fue confirmada el pasado mes de julio por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, al desestimar en su totalidad a solicitud de suspensión cautelar reclamada por una asociación. En el auto emitido entonces, el máximo órgano judicial de la Comunidad señaló que el decreto de viviendas de uso turístico no limita ni restringe la competencia, sino que ponen en orden a oferta en un ámbito relevante, incrementando la seguridad de que los postores se acomoden a unas mismas exigencias y la garantía para los consumidores.

Las viviendas de uso turístico, tal y como indica el citado decreto, son las cedidas la terceras personas dos lo más veces al año, a cambio de una contraprestación económica, para una estancia inferior a 30 días. La regulación determina que la cesión debe ser por la totalidad y la comercialización puede realizarla sus propietarios o empresas turísticas reguladas.

Para comenzar a operar, sólo es preciso presentar una Declaración Responsable de Inicio de Actividad. Se deberá cubrir el modelo normalizado, disponible en la página web de Turismo de Galicia, así como el justificante de pago de las tasas de clasificación turística de 56,82 euros.

 

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