20 feb 2017

El decreto de viviendas de uso turístico ofrecerá un marco de seguridad jurídica tanto para particulares como para el sector

 La nueva norma entrará en vigor el próximo 10 de mayo erradicando las problemáticas más relevantes vinculadas a la tendencia de alquilar por días o semanas a vivienda habitual para fines turísticos

Esta regulación cumple, de este modo, una demanda tanto del sector hotelero como del sector de alquiler de viviendas de uso turístico, las administraciones, consumidores y usuarios
 

Distintos lugares de Galicia acogen sesiones informativas organizadas por Turismo de Galicia con el objetivo de dar a conocer en profundidad a nuevo decreto que regulará las viviendas de uso turístico en Galicia.

La nueva norma entrará en vigor el próximo 10 de mayo tras la modificación realizada por el Estado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, obligando las Comunidades Autónomas la que ejerzan su competencia exclusiva para la regulación de viviendas de alquiler de uso turístico.

Así, el decreto cubrirá el vacío legal ocasionado por la exclusión de esta tipología erradicando las problemáticas más relevantes vinculadas a la tendencia de alquilar por días o semanas a vivienda habitual para fines turísticos.

Esta regulación cumple una demanda tanto del sector hotelero como del sector de alquiler de viviendas de uso turístico, las administraciones, consumidores y usuarios al ofrecer un marco de seguridad jurídica.

Turismo de Galicia busca, así, impulsar el registro de viviendas de uso turístico en Galicia enriqueciendo la oferta de alojamiento turístico de nuestra comunidad.

Viviendas de uso turístico

El nuevo decreto define las viviendas de uso turístico como aquellas cedidas la terceras personas de manera reiterada –dos lo más veces al año- y a cambio de contraprestación económica, para una estadía de corta duración –inferior a treinta días consecutivos- y amuebladas y equipadas en condiciones de inmediata disponibilidad.

Para el inicio de su actividad, el decreto establece simplemente la obligatoriedad de presentar una declaración responsable ante el área Provincial de Turismo de Galicia en la que radique la vivienda, y su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia (REAT).

Arriba