El artículo 9 (Deberes específicos de información de relevancia jurídica) de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, señala que debe hacerse pública "c) La relación circunstanciada y motivada de los procedimientos de elaboración de anteproyectos de ley y de disposiciones administrativas de carácter general que estén en tramitación, a partir del momento en que se produzca la aprobación del anteproyecto, con indicación de su objeto y estado de tramitación, así como la posibilidad que tienen las personas de remitir sugerencias y la forma de hacerlo".

Se recoge la información sobre los anteproyectos de disposiciones con rango de ley o los proyectos de disposiciones administrativas de carácter general tramitados por los centros directivos o entidades dependientes de los departamentos de la Xunta de Galicia, agrupando estos proyectos en función de su estado actual de tramitación.

Durante el plazo de envío de sugerencias, las personas, individualmente o por medio de asociaciones que las agrupen o representen, podrán remitirlas a través de un formulario que se habilitará para cada normativa. De esta forma, sus proposiciones, sugerencias o recomendaciones serán tenidas en cuenta por el órgano encargado de la redacción del texto del proyecto, que podrá asumirlas o rechazarlas a través de un informe final en el que constará la respuesta razonada la cada caso, excepto en aquellos de reconocida y notoria urgencia. En este último supuesto, la respuesta podrá ser común para todas aquellas sugerencias que formulen cuestiones sustancialmente iguales.

Debe tenerse en cuenta que la presentación de propuestas no atribuye, por sí misma, la condición de persona interesada en el procedimiento, y también que el previsto anteriormente no sustituye el trámite de audiencia pública en los supuestos en los que sea preceptivo de acuerdo con la normativa de aplicación.

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