.

El Programa Operativo se compone, principalmente, de ejes prioritarios que contienen una estrategia coherente con los fines comunitarios y las necesidades detectadas, una descripción del tipo de acciones que se llevarán a cabo, una justificación de la lógica de intervención según los objectivos específicos establecidos, una selección adecuada de los indicadores de productividad y de resultados, un plan de financiación y una relación de las autoridades que intervendrán en la gestión y control del programa.

El Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de deciembre de 2013 establece los detalles que deben contener los programas operativos 2014-2020. Antes de su entrada en vigor, la Comisión Europea debe aprobarlos.  El Programa Operativo FEDER Galicia 2014-2020 se aprobó en fecha 12/02/2015 por Decisión de la Comisión y puede consultarse en el siguiente enlace: enlace.

 

La Agencia Turismo de Galicia desarrolla distintas operaciones dentro del marco del  objetivo específico 6.3.2:  

 

Objetivo Temático

06 - Conservar y Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos.

Prioridad de Inversión

06.03 - Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural.

Objetivo Específico

06.03.02 – Desarrollo y promoción de las áreas naturales en particular las de interés turístico.

De conformidade con el anexo  XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el apartado 2.2.2,a)  la Agencia Turismo de Galicia, informará al público del apoyo obtenido de los Fondos FEDER en su sitio de internet. En cumplimento del citado reglamento, se puede consultar una relación de las distintas operaciones desarrolladas por esta Agencia que son cofinanciadas con los fondos europeos en la sección documentos relacionados.

Arriba